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Documento BOE-A-2015-10849

Orden SSI/2070/2015, de 23 de septiembre, por la que se clasifica la Fundación LSGIE para las Misiones Católicas y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 8 de octubre de 2015, páginas 93320 a 93321 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2015-10849

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación LSGIE para las Misiones Católicas resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación: Fundación LSGIE para las Misiones Católicas.

Fines: Los fines de interés general de la fundación son:

La cooperación para el desarrollo y la asistencia e inclusión social de personas, entidades y colectivos necesitados a nivel nacional e internacional vinculados a la Iglesia Católica o a entidades de ayuda social.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la fundación radicará en la avenida del Juncal, 15-17, San Sebastián de los Reyes, 28703 Madrid, y desarrollará sus actividades a nivel nacional e internacional.

Fundadora: La entidad «La Sociedad General Inmobiliaria de España, S.A.»

Dotación inicial: Treinta mil euros aportados por la entidad fundadora.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante el notario de Madrid, don José María Madridejos Fernández, el día 12 de febrero de 2015, con el número 319 de orden de su protocolo, otra escritura otorgada el mismo día ante el mencionado notario, con el número 320 de orden de su protocolo, complementadas mediante escritura otorgada el 30 de julio de 2015, extendida por el mismo notario, con el número 1.613 de orden de su protocolo, que incorpora el texto íntegro de los estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Don Herbert Thomas Robert Zelinger de Balkany.

Vocales: Don Birger Strom y doña Marie Elisabeth Leopolda Janssens Zelinger de Balkany.

Secretaria (no patrona): Doña María Socorro Toledo Hontiyuelo.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, por la que se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.–Clasificar la Fundación LSGIE para las Misiones Católicas, cuyos fines de interés general son de asistencia e inclusión social y cooperación para el desarrollo, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.–Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 28-1779.

Tercero.–Inscribir la constitución inicial del patronato y la aceptación de sus cargos, tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 23 de septiembre de 2015.–El Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SSI/131/2013, de 17 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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