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Documento BOE-B-2015-4225

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 2015, páginas 5792 a 5793 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-4225

TEXTO

Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal número 186/13 (NIG 33044 47 1 2013 0000389) relativo al deudor Gescometal 2002, S.L. con CIF número B-74062126, en el que se ha dictado sentencia en fecha 23 de enero de 2015 aprobando la propuesta de convenio presentada por la concursada, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

1.º Se aprueba, con los efectos previstos en la Ley, la propuesta convenio presentada por la concursada Gescometal 2002, S.L., así como el trato singular propuesto para el acreedor Signus Ecovalor, S.L.

2.º Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición de los deudores, así como de los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que son partes la concursada y sobre sus acreedores, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.

3.º Se acuerda el cese de la Administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la persona jurídica concursada.

4.º Se concede a la Administración concursal el plazo de un mes a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

5.º Requiérase a la concursada, a fin de que, con periodicidad anual, a contar desde la conclusión del período de carencia, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Notifíquese esta resolución a la concursada, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Hágase pública la parte dispositiva de la sentencia aprobatoria del convenio por medio de edicto que se insertará en el BOE, entregando este último a la representación procesal de la concursada para que proceda a su inserción, debiendo dar cuenta a este Juzgado de su diligenciamiento.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase y entréguese a la representación procesal de la concursada mandamiento para el Registro Mercantil de Asturias para constancia de la aprobación del convenio, del cese de la intervención de las facultades de administración y disposición, así como del cese de los administradores concursales.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de su notificación.

Para interponer el recurso al que se refiere el párrafo anterior, es necesario constituir un depósito de 50,00 euros que se consignará en la siguiente cuenta de este Juzgado: 2274 0000 02 018613.

Se debe indicar, en el campo "concepto" que se trata de un ingreso para interponer un recurso de apelación en la sección 5.ª.

Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, se efectuará en el número de cuenta ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y en el campo "concepto" se insertará lo dispuesto en apartado anterior y los dieciséis dígitos indicados igualmente en dicho apartado.

Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. D. Alfonso Muñoz Paredes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo.

Oviedo, 26 de enero de 2015.- La Secretaria judicial.

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