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Documento BOE-B-2015-4207

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 2015, páginas 5773 a 5774 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-4207

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2, de Bilbao (Bizkaia),

Que en el procedimiento concursa! número 656/2013, en el que figura como concursado INDUGAO 94, S.L., en liquidación, con CIF B-48574230, se ha dictado el 29.12.2014 Sentencia declarando concluso el concurso y el archivo de las actuaciones por haber quedado firme y cuya parte dispositiva figuran los particulares siguientes:

Parte dispositiva

1.º Desestimar la demanda por el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, frente al Administrador Concursal.

2.º Se declaran aprobadas las cuentas del Administrador Concursal.

3.º Se imponen las costas de este incidente al FOGASA.

4.º Se declara concluso el procedimiento concursal número 656/2013, referente al deudor INDUGAO 94, S.L., en liquidación, por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.

5.º Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes.

6.º Se declara que el deudor INDUGAO 94, S.L., en liquidación, queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha.

Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso

7.º Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.

8.º Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

9.º Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado

La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos de la masa activa.

10.º Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

11.º Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.

Contra el pronunciamiento de la Conclusión del Concurso no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC).

Contra la aprobación de las cuentas del Administrador concursal cabe recurso de apelación (art. 197.5 LC).

Lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe.

Firma del Juez. Firma del Secretario

Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LEC).

Para interponer el recurso será necesario la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 2755-0000-00-0656-13, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un "Recurso" código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª de la LOPJ).

No están obligados a constituir el depósito para recurrir los declarados exentos en la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr/a. Sentencia que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiéncia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Secretario Judicial doy fe, en Bilbao (Bizkaia), a 29 de diciembre de 2014.

Bilbao (Bizkaia), 2 de enero de 2015.- El Secretario judicial.

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