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Documento BOE-B-2015-30019

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 8 de octubre de 2015, páginas 41966 a 41966 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-30019

TEXTO

Don Luis Miguel Gonzalo Capellín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 628/2015, en el que se ha dictado con fecha 31 de julio de 2015 auto declarando en estado de concurso a la persona física D.ª Rosa María Ribes Ribes, con D.N.I. 40859605J, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2015-8005956.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: D.ª Rosa María Ribes Ribes con domicilio en calle Ramón Cama, n.º 21, 2.º 1.ª, de Malgrat de Mar (Barcelona).

Administrador concursal: Fides Auditores y Abogados, S.L.P., con domicilio en Avda. Diagonal, 628, 2.º 2.ª, Barcelona, tel.932721192, fax n.º 932721189, con correo electrónico jcabezas@fidesgroup.es

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio, y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicaran además los bienes y derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del titulo o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la ultima de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaria Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 9 de septiembre de 2015.- El Secretario Judicial.

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