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Documento BOE-B-2015-29156

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 234, de 30 de septiembre de 2015, páginas 40767 a 40767 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-29156

TEXTO

Edicto

D./Dña. Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal 0000369/2015, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. Fernando Díaz Zomeño, en nombre y representación de la Entidad Infraestructuras y Obras Canarias, S.L., se ha dictado Auto el día 15 de septiembre de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de D./Dña. Infraestructuras y Obras Canarias, S.L. con CIF n.º B76047430, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal, en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Se designan como Administradores del concurso a: D./Dña. M.ª Dolores González Naranjo, como Economista, el cual ha designado como domicilio postal el de Paseo de las Canteras, n.º 67. Puerta 7. CP. 35.010, Las Palmas de Gran Canaria, teléfono 654.51.77.48, Fax número 928.427.201 y correo electrónico lgn36915j1@gmail.com.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

D./Dña. Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez. D./Dña. Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario/a Judicial. - Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 18 de septiembre de 2015.- Secretario Judicial.

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