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Edicto
Doña María Dolores Sánchez Franco, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, anuncia:
Que en el procedimiento concursal n.º 680/2011 referente al deudor INMOBILIARIA LA MORALEJA DEL ESPINAR, S.L. (INMOESPINAR, S.L.) con CIF B-84615962, con fecha 10/09/2015 se ha dictado Auto acordando la conclusión del presente procedimiento, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Acuerdo:
1.- Declarar la conclusión del concurso del deudor INMOBILIARIA LA MORALEJA DEL ESPINAR, S.L. (INMOESPINAR, S.L.)
2.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.
3.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes.
4.- Dar la publicidad por medio de edictos que se insertarán en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios del juzgado.
5.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución.
Madrid, 14 de septiembre de 2015.- El Secretario Judicial.
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