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Documento BOE-B-2015-19096

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 15 de junio de 2015, páginas 26575 a 26575 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-19096

TEXTO

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en el procedimiento tramitado en este Juzgado bajo el número 395/2009 del deudor Textil Dacar, S.L., con domicilio en el Polígono Industrial els Algars, calle Ibi, nave 8 de Cocentaina y CIF número B53493821, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al tomo 2.361, folio 48, sección 8.ª, hoja número A60.359, inscripción primera, se ha dictado con fecha veintiséis de marzo de dos mil quince, auto que es firme que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:

Uno. Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.

Dos. Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.

Tres. Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídase los correspondientes mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.

Cuatro. Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal.

Cinco. Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo.

Seis. La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de este Ley y se dará a la misma la publicidad prevista n el artículo 24.

Modo de Impugnación: No cabe recurso alguno.

Y para que sirva de publicación en el BOE expido el presente en

Alicante, 26 de marzo de 2015.- La Secretaria Judicial.

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