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Documento BOE-B-2011-7391

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 3 de marzo de 2011, páginas 22777 a 22777 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL
Referencia:
BOE-B-2011-7391

TEXTO

El Juzgado de lo Social n.º 5 de Sevilla,

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento de Despido 1005/10, a instancia de doña Mercedes Rodríguez Álvarez-Ossorio contra Global Servicios de Marketing y Ventas, S.L., en la que con fecha se ha dictado Sentencia de fecha dieciséis de febrero de dos mil once: Sentencia 81/11. Vistos los presentes autos de juicio, seguidos ante este Juzgado de lo Social número cinco de los de Sevilla, con el número 1005/10, y siendo partes, de una y como demandante, doña Mercedes Rodríguez Álvarez-Ossorio, asistido del Graduado Social José Luis de Castro Elías, y de otra y como demandada global Servicios de Marketing y Ventas, S.L., que no compareció a pesar de estar citada en forma mediante publicación en el BOP y Fogasa que no compareció a pesar de estar citada en forma, versando el proceso sobre Despido. Fallo: Que estimando la demanda formulada por doña Mercedes Rodríguez Álvarez-Ossorio contra la empresa Global Servicios de Marketing y Ventas, S.L. y Fogasa debo declarar y declaro improcedente el despido operado por esta en fecha 30 de julio de 2010 contra la actora, condenando a la empresa demandada a que, a su elección la readmita en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían antes de su despido, o le indemnice en la suma de cuatro mil cuatrocientos ochenta y nueve euros con cinco céntimos de euros (4.489,5 euros), con abono en uno u otro caso de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta la de notificación de esta resolución. No se hace especial pronunciamiento de condena respecto de Fogasa. Se advierte a la empresa condenada que la opción referida deberá ejercitarla dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la presente, por escrito o por comparecencia, entendiéndose que opta por la readmisión en caso de no ejercitarla. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoseles saber que contra la misma cabe recuso de suplicación ante la sala de lo Social de Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo ser anunciado por ante este Juzgado de lo Social en la forma que establece la Ley. Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado y notificación de Sentencia en forma a la entidad demandada Global Servicios de Marketing y Ventas, S.L., expido el presente.

Sevilla, 17 de febrero de 2011.- La Secretaria Judicial, doña María Amparo Atarés Calavia.

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