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Documento BOE-B-2011-39461

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 3 de diciembre de 2011, páginas 100622 a 100622 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-39461

TEXTO

Edicto.

Don Enrique Díaz Revorio, Secretario/a Judicial de Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos e este Juzgado con el n.º Seccion I Declaración Concurso 494/11 se ha dictado a instancias de Ecoled Energía Balear, S.L., en fecha 09 de noviembre de 2011 Auto de Declaración de Concurso Necesario del deudor Francisco Bauza Jiménez con DNI 41.370.704-Y y domicilio en calle La Cala, n.º 21, ático, de Palma.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición de la concursada, de tal forma que el deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre los bienes, derechos y obligaciones de su patrimonio que hayan de integrarse en el concurso, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores judiciales mediante autorización o conformidad.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de 15 días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose e todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 10 de noviembre de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

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