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Documento BOE-B-2011-33662

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 20 de octubre de 2011, páginas 92544 a 92544 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-33662

TEXTO

Edicto

Doña Yolanda Caballero Martín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 241/2010 referente al deudor D. Antonio Blázquez Martínez, se ha dictado auto fecha 6.10.2011, cuya parte dispositiva es como sigue:

1.- Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor D. Antonio Blázquez Martínez.

2.- Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

4.- Queda extinguido el derecho del concursado a los alimentos a cargo de la masa activa.

5.- Se declaran vencidos los créditos concúrsales aplazados y en su caso la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

6.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal y se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

7.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

8.- Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso (artículo 163.1.2º de la LC). Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Madrid, 6 de octubre de 2011.- Secretaria Judicial.

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