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Documento BOE-B-2011-22904

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 9 de julio de 2011, páginas 75975 a 75975 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-22904

TEXTO

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I declaración concurso 0000092 /2011 se ha dictado a instancias de Cárnica Oliventina SLU en fecha 10 de mayo de 2011, Auto de declaración de Concurso Voluntario del deudor Cárnica Oliventina, S.L.U., C.I.F B 06402614, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la Carretera de Badajoz–Villanueva del Fresno, kilómetro 25,600, C.P. 06100 Olivenza (Badajoz).

2º.- Se ha acordado la de facultades de administración y disposición de la concursada queden suspendidas y dichas funciones se ejercerán por la administración concursal que esta integrada por el Economista Sr. D. Fernando Bigeriego Porras, con domicilio laboral en la Calle Bartolomé J. Gallardo, nº 1, 4.º, de Badajoz.

3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento a los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en el que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicado, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Badajoz, 10 de mayo de 2011.- Secretaría Judicial.

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