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Documento BOE-B-2011-21519

SANTA COLOMA DE FARNERS

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 28 de junio de 2011, páginas 71929 a 71930 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-21519

TEXTO

Edicto.

Don Roberto Bermejo Gimare, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Santa Coloma de Farners,

Hace saber: Que en los autos de suspensión de pagos 236/2011 seguidos en este Juzgado a instancia de "Inversions i Comerç Internacional 2001, S.A.", ha recaido la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Primero.- Se declara la liquidación de la empresa "Inversions i Comerç Internacional 2001, S.A.".

Segundo.- Se nombra Administrador del presente concurso, con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior al Economisata don Josep Álvarez Rubirola.

Tercero.- Llámense a los acreedores de la concursada para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 a los Administradores concursales la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de quince días contados desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso que se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado".

La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores solicitando facturas originales y copia.

Cuarto.-En cumplimiento del Real Decreto 3/2009, de 27 de marzo, en relación con la disposición transitoria 2.ª de la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art 23.1 de la LC.

Hágase saber al Liquidador concursal que en el plazo de quince 15 dias en virtud del art 148 de la LC.

Quinto.- Anúnciese la declaración de concurso mediante edictos a publicar en el "Boletín Oficial del Estado" y en el tablón de anuncios de este Jzugado.

Los anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y la forma de personarse en él.

Sexto.- Los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado.

Notifiquese el presente auto a las partes personadas. Este auto producirá de inmediato los efectos previstos en la LC para la declaración de concurso.

Modo de impugnación:

Contra este auto cabe, por quien acredite interés legítimo, recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que no tendrá carácter suspensivo.

Contra los demás pronunciamientos del auto cabe recurso de reposición por medio de escrito presentado en este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado, en el palzo de cinco días, computados, para el deudor desde la notificación del auto y para los demás legitimados en la forma expresada en el apartado anterior, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso (art 20.2 y 197 de la LC y 452 de la LEC).

Así lo manda, firma la Juez, doña Mónica Cerveto Hernández, de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación y emplazamiento en forma, expido y firmo.

Santa Coloma de Farners, 9 de junio de 2011.- El Secretario Judicial.

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