El Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid, anuncia:
Que en el procedimiento n.º 358/09 referente a la concursada, Rising Sun Inmuebles, S.L., por auto de fecha 5-05-2011 se acuerda:
1.- Se deja sin efecto la fase de convenio por no haberse presentado ninguna propuesta.
2.- Se deja sin efecto, consecuentemente, la Junta de Acreedores señalada para el día 17 de mayo de 2011 a las 10:00 horas.
3.- Se abre, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.
4.- Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
5.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la Administración Concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
Madrid, 5 de mayo de 2011.- Secretario Judicial.
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