D./Dña. Jorge Cuéllar Oton, Secretario/a judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, sede en el X,
Anuncia: Que en el Concurso Abreviado - 000129/2010, referente al concursado Andrés Sierra Lician, n.º DNI 74163402, por auto de fecha 17/3/2011, se ha acordado lo siguiente:
1.- Poner fin a la fase común y abrir la fase de liquidación.
2.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.
3.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.
4.- Procédase a la formación de la Sección Quinta, de liquidación del concurso, con testimonio de la presente; y Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC.
5.- Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC.
Elche, 18 de marzo de 2011.- El Secretario judicial.
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