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Documento BOE-A-2024-8065

Resolución de 15 de abril de 2024, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convoca la "Jornada conmemorativa de los 100 años del Estatuto municipal de Calvo Sotelo de 1924 y de la creación del Cuerpo de habilitados nacionales".

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 22 de abril de 2024, páginas 44969 a 44972 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
Referencia:
BOE-A-2024-8065

TEXTO ORIGINAL

Una de las funciones asignadas al Instituto Nacional de Administración Pública de acuerdo con su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, incluye la formación y el perfeccionamiento de las empleadas y empleados públicos. Para ello, el INAP definió la Estrategia de Aprendizaje 2023-2024, que fija como objetivo ordenar los recursos formativos para que contribuyan al desarrollo de las personas y a la productividad de las Administraciones públicas, así como orientarlos al servicio público. Esta convocatoria se enmarca, en el Subprograma de desempeño en entidades locales, dentro del Eje 3 «Administración y gestión», de la citada Estrategia.

El INAP, para cumplir con los fines anteriormente descritos y de acuerdo con las funciones de formación y perfeccionamiento de los funcionarios de Administración local que tiene asignadas de acuerdo con su Estatuto, procede a convocar una jornada para el ámbito local en conmemoración de los 100 años de la aprobación del Estatuto municipal de Calvo Sotelo en 1924 y la creación del cuerpo de habilitados nacionales en España.

Por ello, este instituto resuelve:

Primero. Objeto y destinatarios.

El objeto de esta resolución es convocar una jornada para el ámbito local que se desarrollará en el mes de junio de este primer semestre del 2024.

Como paso previo a la presentación de las solicitudes, se recomienda revisar la ficha descriptiva de la experiencia de aprendizaje, disponible a través del Catálogo de Formación del portal web del INAP. La información publicada en el anexo puede ampliarse en la ficha descriptiva de la acción formativa, a la que se podrá acceder a través de la dirección http://buscadorcursos.inap.es/. En ella se detallan los objetivos de aprendizaje, contenidos, horario, lugar de celebración, así como otra información de interés.

Detalle de la acción formativa:

1. Título: Jornada conmemorativa de los 100 años del Estatuto municipal y de la creación del cuerpo de habilitados nacionales.

Fechas de realización: 17 y 18 de junio de 2024 de 9:00 a 19:00 horas.

Código: FL24308000001

Lugar de celebración: presencial, Sede INAP Madrid, C/ Atocha 106, Aula Magna.

Horas lectivas: 15 horas.

Fecha límite de solicitud: 10 días hábiles desde el día siguiente a su publicación.

Número de plazas: 100.

Puntuación: 0,15

Destinatarios de la actividad: personal al servicio de las Administraciones públicas, preferentemente de la Administración local y funcionarios con habilitación de carácter nacional.

Objetivo de la actividad: Analizar los 100 años del Estatuto municipal de Calvo Sotelo sancionado en 1924 y la creación del cuerpo de habilitados nacionales.

Programa de la jornada:

Día: 17 de junio de 2024.

Ponencias:

– Primera ponencia: Los ayuntamientos como ejes de la construcción y evolución del Estado en España.

– Segunda ponencia: La evolución del régimen de selección de los cuerpos funcionariales: antiguas discusiones y problemas presentes.

Primera mesa de debate:

– El presente y el futuro de la habilitación nacional.

Ponencias:

– Tercera ponencia: La organización y funcionamiento de los ayuntamientos en el Estatuto municipal de 1924 y su evolución posterior.

Segunda mesa de debate:

– Los retos de la habilitación nacional en los pequeños municipios, continuidades y cambios en los últimos cien años.

Día: 18 de junio de 2024.

Debate de profesores:

– La profesionalización del empleo público. Retos y oportunidades del Estatuto y conexión con la actualidad.

Ponencias:

– Cuarta ponencia: Nuevos servicios municipales en la ciudad del siglo XX y del siglo XXI: la respuesta del Estatuto municipal y de la normativa actual.

Mesa de debate:

– Tercera mesa de debate: La habilitación nacional en grandes municipios, continuidades y cambios en los últimos cien años.

Ponencias:

– Quinta ponencia: La influencia del Estatuto de Calvo Sotelo en el régimen local posterior.

Mesa de debate:

– Cuarta mesa de debate: La habilitación nacional en grandes municipios, continuidades y cambios en los últimos cien años.

Segundo. Presentación de solicitudes.

Quien desee participar en esta actividad formativa deberá cumplimentar y presentar la correspondiente solicitud, que será accesible en línea en el Catálogo de Formación del portal web del INAP, en el siguiente enlace https://buscadorcursos.inap.es, o en el apartado de Formación Local de la página web del INAP en el siguiente enlace http://www.inap.es/formacion-en-administracion-local, dentro de los 10 días siguientes a la publicación de esta convocatoria en el BOE.

El interesado debe contar con la autorización del superior jerárquico desde el momento en el que realiza la inscripción. El envío de la solicitud telemática debidamente cumplimentada supone la aceptación expresa de las normas y procedimientos que rigen el curso.

En caso de incidencias en la realización de la solicitud electrónica, pueden ponerse en contacto con el Centro de Atención al Usuario (CAU):

– Correo electrónico: cau@inap.es.

– Teléfono de contacto: 91 061 68 92.

– Horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Tercero. Priorización y selección.

3.1 Una vez cerrado el plazo de inscripción, las unidades de formación de las entidades colaboradoras en esta convocatoria priorizarán las solicitudes presentadas por los efectivos que prestan servicio en su ámbito territorial o destinados en su organización, hasta un máximo de 2 personas, conforme a los requisitos específicos exigidos en esta convocatoria y teniendo en cuenta los siguientes criterios:

– Interés expresamente manifestado por la unidad correspondiente en la participación del solicitante en la actividad formativa.

– Relevancia de la experiencia de aprendizaje para la mejora de las competencias requeridas para el puesto de trabajo.

– Utilidad de la experiencia de aprendizaje de cara a la promoción profesional.

– Existencia de un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento.

– De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60.1 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se otorgará preferencia en la selección a quienes se hayan incorporado en el plazo de un año al servicio activo, procedentes del permiso de maternidad o paternidad, o hayan reingresado desde la situación de excedencia por razones de guarda legal y atención a personas mayores dependientes o personas con discapacidad, con objeto de actualizar los conocimientos de los empleados y empleadas públicas.

3.2 La selección final de los participantes corresponde al INAP, que tendrá en cuenta, además de los mencionados en el apartado anterior, los siguientes criterios:

– Adecuado equilibrio entre organismos e instituciones en función de su demanda.

– Número total de actividades formativas a las que haya sido admitida la persona solicitante en el año en curso.

– De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60.2 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se reservará al menos un cuarenta por ciento de las plazas en cada una de las actividades para su adjudicación a mujeres que reúnan los requisitos establecidos, salvo que el número de solicitudes de mujeres sea insuficiente para cubrir este porcentaje.

3.3 Se podrá participar en actividades de formación durante los permisos por parto, adopción o acogimiento, así como durante la situación de excedencia por cuidado de familiares, según lo dispuesto en los artículos 49 y 89.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

3.4 En aplicación del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, las personas con discapacidad que soliciten participar en una actividad formativa podrán hacer constar tal circunstancia en la inscripción, y podrán indicar, las adaptaciones necesarias para realizarla en el caso de que hayan sido seleccionadas.

Cuarto. Régimen académico.

Las personas seleccionadas que no observen las reglas elementales de respeto y consideración hacia personal docente, participantes o personal del INAP y, en general, que contravengan lo dispuesto en el Código Ético del INAP, podrán ser excluidas de las actividades formativas en las que estén participando y de futuras convocatorias.

Quinto. Régimen de participación y aprovechamiento.

Los alumnos habrán de asistir a la jornada en el calendario señalado. Con carácter general, una inasistencia superior al treinta por ciento en el cómputo total de horas lectivas programadas imposibilitará la expedición de la certificación y dará lugar a la baja en la jornada, con pérdida de todos los derechos.

La falta de asistencia, sin previo aviso o justificación, de quienes hubiesen sido seleccionados para participar en la actividad podrá determinar su exclusión en convocatorias posteriores.

Sexto. Certificado.

Los participantes que acrediten un buen aprovechamiento de las enseñanzas impartidas recibirán un correo electrónico indicándoles la dirección electrónica a la que podrán acceder para descargarse el certificado en soporte digital. Para la obtención de éste, será imprescindible haber superado satisfactoriamente las pruebas y actividades evaluables, así como cumplir con el resto de los requisitos detallados en la guía didáctica de la acción formativa.

Séptimo. Información adicional.

La información detallada será expuesta en la página web del Instituto. Se podrá solicitar información adicional a través del correo electrónico fl@inap.es.

A través del Portal del alumno (www.inap.es\alumno) se podrá acceder a toda la información y servicios electrónicos que el INAP que pone a disposición de los participantes, incluida la relacionada con las preguntas más frecuentes que se plantean al realizar la inscripción.

Asimismo, mediante su certificado electrónico, los alumnos del INAP podrán gestionar en el portal del alumno (https://portalalumno.inap.es) sus datos personales y sus solicitudes, así como consultar el expediente de las actividades formativas realizadas en este Instituto.

Para el desarrollo de los procesos de aprendizaje, los alumnos contarán con el acceso gratuito a «Ágora» (http://agora.edu.es/), a La Administración al Día (http://laadministracionaldia.inap.es) y al Banco de Conocimiento (http://bci.inap.es/), así como a la Red Social Profesional (https://social.inap.es/).

La valoración prevista para esta actividad lo es a efectos de lo dispuesto en el artículo 1.D) de la Orden TFP/153/2021, de 16 de febrero, por la que se regula la valoración de los méritos generales del personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional en relación con lo establecido en la Resolución del Instituto Nacional de Administración Pública, de 25 de enero de 2022 («Boletín Oficial de Estado» de 31 de enero de 2022).

Madrid, 15 de abril de 2024.–La Directora del Instituto Nacional de Administración Pública, Consuelo Sánchez Naranjo.

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