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Documento BOE-A-2024-7118

Resolución CLT/895/2024, de 19 de marzo, por la que se incoa expediente de declaración de bienes culturales de interés nacional, en la categoría de zonas de interés etnológico, a favor de catorce antiguos hornos de aceite de enebro de Riba-roja d'Ebre (Ribera d'Ebre).

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 10 de abril de 2024, páginas 40256 a 40256 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2024-7118

TEXTO ORIGINAL

El 7 de marzo de 2024 la Dirección General de Cultura Popular y Asociacionismo Cultural emitió informe favorable a la incoación del expediente de declaración de bienes culturales de interés nacional, en la categoría de zonas de interés etnológico, a favor de catorce antiguos hornos de enebro de Riba-roja d'Ebre (Ribera d'Ebre);

Visto lo que dispone la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán,

Resuelvo:

1. Incoar expediente de declaración de bienes culturales de interés nacional, en la categoría de zonas de interés etnológico, a favor de los siguientes catorce antiguos hornos de aceite de enebro de Riba-roja d'Ebre (Ribera d'Ebre):

Horno de Serení.

Horno de Josepet de Balances.

Horno de Milio la Patxoca.

Horno de Torà.

Horno de Sant Francisco.

Horno de Mariano Agustí de Ca Balances.

Horno de Rosildo.

Horno de les Cadolles de Carlets.

Horno del Racó de les Fosses.

Horno de la Vall de Valera.

Horno de la Vall del Metxut.

Horno de Quimet del Recader.

Horno de Miquel del Sim.

Horno de Valldeporcs de Catxap.

2. Notificar esta Resolución a las personas interesadas, dar traslado de la misma al Ayuntamiento de Riba-roja d'Ebre y hacerle saber que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, esta incoación comporta la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación, edificación o derribo en las zonas afectadas, y también la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar la realización de las obras que sea manifiesto que no perjudican a los valores culturales de los bienes. Esta autorización debe ser previa a la concesión de la licencia municipal, salvo que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de la presente Resolución.

3. Comunicar esta Resolución al Registro de bienes culturales de interés nacional para su anotación preventiva y dar traslado de la misma al Registro general de bienes de interés cultural de la Administración del Estado.

Barcelona, 19 de marzo de 2024.–La Consejera de Cultura, Natàlia Garriga Ibáñez.

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