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Documento BOE-A-2015-8510

Resolución de 23 de julio de 2015, del Instituto de la Juventud, por la que se modifica la de 22 de enero de 2015, por la que se convoca la concesión de ayudas para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el capítulo de Juventud del Programa de acción comunitario "Erasmus+".

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 29 de julio de 2015, páginas 65130 a 65131 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2015-8510

TEXTO ORIGINAL

La convocatoria de las ayudas para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el capítulo de Juventud del Programa de acción comunitario «Erasmus+» se realizó mediante la Resolución de 22 de enero de 2015 del Instituto de la Juventud.

La convocatoria se regula en la Orden SSI/242/2014, de 20 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el marco del Programa de acción comunitario «Erasmus+», capítulo de Juventud. Esta bases, a su vez, se fundamentan en el Reglamento (UE) n.º 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de diciembre de 2013 por el que se crea el Programa «Erasmus+».

En el apartado uno de la citada Resolución se establece, de acuerdo con todas las normas anteriores y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, una distribución de las importes totales de las ayudas por acciones claves de Programa que es la siguiente: Acción clave 1. Movilidad de las personas por motivos de aprendizaje 8.371.613,00 € (dentro de esta acción clave el reparto es el siguiente para la Movilidad de los jóvenes (Intercambios juveniles) 3.427.733,00 €, para la Movilidad de los jóvenes (Servicio Voluntario Europeo) 3.639.442,00 € y para la Movilidad de las personas que trabajan en el ámbito de la juventud 1.304.438,00 €) Acción clave 2 Asociaciones estratégicas en el ámbito de la juventud 1.584.075,50 € y para la Acción clave 3 El apoyo a la reforma de las políticas 478.461,00 €.

Asimismo, en la letra b) de este apartado primero se contienen los créditos presupuestarios con cargo a los cuales se va a financiar y una distribución de las cuantías totales de estos créditos en diferentes años:

Aplicación presupuestaria

Crédito 2015

Euros

Crédito 2016

Euros

Crédito 2017

Euros

Crédito 2018

Euros

26.101.232A.455

50.000,00

35.000,00

6.500,00

1.341,50

26.101.232A.465

700.000,00

418.000,00

38.500,00

14.756,44

26.101.232A.475

400.000,00

266.000,00

24.500,00

9.390,47

26.101.232A.485

5.000.000,00

3.078.000,00

283.500,00

108.661,09

En este mismo apartado ya se recogía el carácter estimativo de estas cuantías basadas en las previsiones de años anteriores.

Tras la reunión de la Comisión de Evaluación prevista en el artículo 8 de la Orden de bases celebrada con motivo de la segunda ronda de la convocatoria de este año se ha realizado la correspondiente propuesta de concesión. Como resultado de la misma se hace necesario modificar la citada distribución de créditos y por años.

Por eso, tras la aprobación de la preceptiva transferencia de crédito realizada según lo previsto en el artículo 52 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General presupuestaria se procede a establecer una nueva distribución de los créditos.

Por otra parte se ha procedido a un reajuste de anualidades en la aplicación presupuestaria 26.101.232A.465 entre los años 2016 y 2017, por un importe de 50.000 euros, tramitado igualmente de acuerdo con las previsiones de la Ley General Presupuestaria.

En virtud de lo expuesto, se dicta la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto la citada Orden SSI/242/2014, de 20 de febrero.

Único. Modificación de la Resolución de 22 de enero de 2015, del Instituto de la Juventud, por la que se convoca la concesión de ayudas para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el capítulo de Juventud del Programa de acción comunitario «Erasmus+».

La letra b) de apartado primero de la Resolución de 22 de enero de 2015, del Instituto de la Juventud, por la que se convoca la concesión de ayudas para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el capítulo de Juventud del Programa de acción comunitario «Erasmus+» queda redactado en los siguientes términos:

b) De acuerdo con el procedimiento de pagos establecido por la Comisión Europea al que hace referencia el artículo 10 de la Orden SSI/242/2014, de 20 de febrero, las ayudas concedidas no se abonarán en su totalidad durante este año. Por ello, el Instituto de la Juventud ha habilitado las aplicaciones presupuestarias e importes siguientes: 26.101.232A.455 (107.841,50 euros), 26.101.232A.465 (1.271.256,44 euros), 26.101.232A.475 (584.890,47 euros) y 26.101.232A.485 (8.470.161,09 euros), de acuerdo con la estimación de créditos para los años 2015, 2016, 2017 y 2018 y conforme a lo establecido en las bases reguladoras citadas para la concesión de ayudas, que se indican a continuación:

Aplicación presupuestaria

Crédito 2015

Euros

Crédito 2016

Euros

Crédito 2017

Euros

Crédito 2018

Euros

26.101.232A.455

65.000,00

35.000,00

6.500,00

1.341,50

26.101.232A.465

800.000,00

368.000,00

88.500,00

14.756,44

26.101.232A.475

285.000,00

266.000,00

24.500,00

9.390,47

26.101.232A.485

5.000.000,00

3.078.000,00

283.500,00

108.661,09

Madrid, 23 de julio de 2015.–El Director General del Instituto de la Juventud, Rubén Urosa Sánchez.

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