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Documento BOE-A-2015-8038

Acuerdo GOV/54/2015, de 7 de abril, por el que se declara bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, el edificio del Patronato de la Catequística, en Figueres, y se delimita su entorno de protección.

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 17 de julio de 2015, páginas 59489 a 59492 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2015-8038

TEXTO ORIGINAL

Por la Resolución CLT/1272/2014, de 14 de mayo («DOGC» 6640, de 10.6.2014), se incoó expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, a favor del edificio del Patronato de la Catequística, en Figueres, y de delimitación de su entorno de protección.

Se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente, de acuerdo con lo que establecen los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán.

En el expediente constan los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán y del Institut d’Estudis Catalans.

Durante la tramitación de este expediente se ha presentado una alegación que ha sido debidamente analizada y contestada por la Dirección General de Archivos, Bibliotecas, Museos y Patrimonio.

A propuesta del consejero de Cultura, el Gobierno acuerda:

Primero.

Declarar bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, el edificio del Patronato de la Catequística, en Figueres, según la ubicación y la descripción que constan en el anexo 1 de este Acuerdo.

Segundo.

Delimitar el entorno de protección de este monumento que se grafía en el plano que se publica con este Acuerdo y según la justificación que consta en el anexo 2.

Tercero.

Incluir como objeto de protección el subsuelo del monumento y del entorno de protección.

Cuarto.

Publicar íntegramente en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y en el «Boletín Oficial del Estado» este Acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, y notificarlo a los interesados y al ayuntamiento del municipio donde radica el bien.

Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno de la Generalidad de Cataluña, en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar, en los dos casos, desde la publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» o desde la correspondiente notificación.

Barcelona, 7 de abril de 2015.–El Secretario del Gobierno, Jordi Baiget i Cantons.

ANEXO 1
Ubicación y descripción

El elemento objeto de este Acuerdo de declaración como bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, es el edificio denominado Patronato de la Catequística.

El edificio se encuentra situado en la ronda del Rector Aroles, en la parte alta del casco urbano de Figueres. Se trata de una zona urbana que se extiende, por el sur, a los pies del castillo y frente al parque Bosc.

Las obras de construcción comenzaron en 1931 y se terminaron en 1935, según el proyecto del arquitecto Emili Blanch.

Arquitectónicamente, el edificio se compone de varios volúmenes, entre los que cabe destacar los dos cuerpos de construcción original. El primero es el cuerpo delantero, con la fachada de composición racionalista, de planta rectangular y dos pisos. En este cuerpo delantero, en la planta baja, se sitúa el vestíbulo de acceso al teatro, un pequeño restaurante y una pequeña sala de actuaciones, y en la planta primera, espacios administrativos. En el segundo cuerpo, en la parte posterior, se sitúa la sala del teatro recientemente rehabilitado.

Los nuevos volúmenes edificados más recientemente, en planta baja (el Cau) y en planta baja y primera (los camerinos y servicios sanitarios), aunque no son considerados como monumento, son de líneas simples y funcionales, con lo que no entran en competición con la edificación inicial sino que se armonizan con esta y le dan un enmarcado volumétrico que la realza.

El edificio es un testigo excepcional de la arquitectura de los años treinta, que a pesar de tener aún referencias novecentistas, como la clara simetría central remarcada por la tribuna, se puede afirmar que la lectura compositiva global del lenguaje arquitectónico que utiliza es netamente racionalista. Este hecho se manifiesta en la composición horizontal de las ventanas alargadas con carpintería y los aleros de geometría simple, la cubierta plana y practicable acompañada de la barandilla tubular, así como la simplicidad de la fachada con ausencia de decoración. Todos estos elementos formarán parte del nuevo lenguaje racionalista que irá desarrollándose y perfeccionándose con los años.

El edificio del Patronato de la Catequística es portador de valores históricos arquitectónicos y culturales dentro del movimiento racionalista que lo hacen merecedor de disfrutar de una protección adecuada. El valor histórico y testimonial de este edificio está ampliamente reconocido y documentado, siendo una referencia dentro de la arquitectura racionalista.

ANEXO 2
Justificación del entorno de protección

La definición de un entorno de protección alrededor del edificio del Patronato de la Catequística, en Figueres, se presenta como el mejor instrumento para garantizar la pervivencia de sus múltiples valores culturales en las mejores condiciones posibles.

Esta figura legal considera e incorpora, desde su propia definición, las interacciones del monumento con cada uno de los elementos de su entorno, así como la relación entre sí. Es, pues, una herramienta de protección global, valorativa de la realidad, con la clara intención de conservar en las mejores condiciones posibles el legado patrimonial inherente al monumento.

Se pretende conseguir el equilibrio entre la necesidad de crear una área de protección alrededor del monumento, que garantice suficientemente el control sobre su entorno, y la voluntad de no afectar más espacios de los estrictamente indispensables para su correcta percepción.

El conjunto edificado del Patronato de la Catequística se encuentra actualmente situado frente a un notable espacio libre municipal e inmerso en una zona urbana de edificación aislada, de baja densidad. Inicialmente, su emplazamiento estaba en las afueras del núcleo de Figueres, por lo que su volumen edificado siempre ha resultado un volumen casi aislado y significado respecto al entorno. La delimitación del entorno, además de las consideraciones anteriormente indicadas, asegura el dominio del inmueble protegido respecto a un ámbito urbano próximo, con el fin de garantizar el predominio sobre las parcelas privadas más cercanas y así poder garantizar, entre otros criterios, la permanencia de unas volumetrías que no entren en competencia con la volumetría del conjunto a proteger.

El entorno delimitado se apoya en los trazados de viales y espacios públicos existentes y previstos en la normativa urbanística, así como en las divisiones parcelarias de las propiedades privadas, ajustándose a estas divisiones.

Quedan incluidas en el ámbito del entorno de protección las siguientes fincas:

– Ronda del Rector Aroles: finca número 2 / esquina con finca 119 de la avenida Salvador Dalí; finca número 4, en la parte que no ocupa el edificio del Patronato de la Catequística que se considera monumento; finca número 6.

– Calle sin nombre entre la ronda del Rector Aroles y la subida al castillo: finca denominada parcela 15.

– Avenida de Salvador Dalí: finca 119 / esquina ronda del Rector Aroles, 2.

– Calle Manuel Brunet: fincas 2 y 3.

También se incluye su subsuelo.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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