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Documento BOE-A-2011-18982

Orden EDU/3308/2011, de 31 de octubre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Española de Periodoncia e Implantes Dentales.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 2 de diciembre de 2011, páginas 128541 a 128543 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-18982

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Española de Periodoncia e Implantes Dentales en el Registro de fundaciones del Ministerio de Educación, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y en el Reglamento de fundaciones de competencia estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, así como el otorgamiento de poderes a favor de la Presidenta, doña Nuria Vallcorba Plana, del Vicepresidente, don David Herrera González, y del Secretario, don Adrián Guerrero Segura,

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por la Sociedad Española de Periodoncia y Osteointegración en Madrid, el 23 de septiembre de 2011, según consta en la escritura otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid don Ignacio Martínez-Echevarria y Ortega, con el número 571 de su protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Antonio López Aguado, número 4, Bajo Derecha, de Madrid código postal 28029, y su ámbito es estatal.

Tercero. Dotación.

Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero ha sido íntegramente desembolsada e ingresada en entidad bancaria.

Cuarto. Fines de la Fundación.

En los Estatutos que han de regir la Fundación incorporados a la escritura pública de constitución figuran como fines de la Fundación los siguientes: Promover la educación, la investigación, la prevención y el tratamiento en salud bucodental, especialmente en la especialidad de periodoncia y terapéutica con implantes dentales, a través de actividades docentes, formativas, de investigación, divulgativas y de acción social. Promoción de la educación en el ámbito de la salud buco-dental. Realización de actividades docentes y formativas, en materia de salud buco-dental, teniendo como carácter prioritario la búsqueda de la excelencia en todas las acciones. Realización y apoyo a tareas de investigación, y fomento del desarrollo científico y tecnológico, en colaboración con instituciones científicas o universitarias, o con cualquier otra institución pública o privada, nacional o extranjera, que permitan cumplir los fines fundacionales. Promoción de intercambios científicos con expertos en salud buco-dental y sociedades profesionales, nacionales o extranjeras, mediante conferencias, cursos, simposios, jornadas, congresos y actividades docentes que permitan hacer partícipe a la comunidad científica de los conocimientos de la fundación. La colaboración con otras entidades sin fines lucrativos en proyectos acordes con los fines de la fundación, así como la financiación de dichas entidades con el mismo objeto o finalidad específica. Fomentar los principios éticos y la deontología profesional en el desarrollo de la investigación, la atención buco-sanitaria y la gestión del conocimiento de las técnicas y terapias propias de la actividad profesional.

Quinto. Patronato.

El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al protectorado.

Inicialmente el patronato queda constituido por, Presidenta: Doña Nuria Vallcorba Plana, Vicepresidente: Don David Herrera González, Secretario: Don Adrián Guerrero Segura, Vocales: Doña Jorgina Estany Castella, don Antonio Liñares González, don Rafael Magán Sánchez, y don Daniel Rodrigo Gómez.

En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

En la reunión del patronato, celebrada el 23 de septiembre de 2011, se acordó conferir los poderes a que se ha hecho referencia.

Fundamentos jurídicos

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

– El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

– La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

– El Reglamento de fundaciones de competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

– La Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo, sobre delegación de competencias del Ministerio de Educación, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico las competencias relativas al protectorado y Registro de fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las fundaciones requerirá el informe favorable del protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.

Según la Disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Española de Periodoncia e Implantes Dentales en el Registro de fundaciones del Ministerio de Educación.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.

Inscribir en el Registro de fundaciones del Departamento la Fundación Española de Periodoncia e Implantes Dentales, de ámbito estatal, con domicilio en la calle Antonio López Aguado, número 4, Bajo Derecha, de Madrid código postal 28029, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.

Inscribir en el Registro de Fundaciones los poderes conferidos a favor de la Presidenta, doña Nuria Vallcorba Plana, del Vicepresidente, don David Herrera González, y del Secretario, don Adrián Guerrero Segura, según consta en la escritura otorgada el 23 de septiembre de 2011 ante el notario de Madrid, don Ignacio Martínez-Echevarría y Ortega, con el número 572 de su protocolo.

Madrid, 31 de octubre de 2011.–El Ministro de Educación, P. D. (Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, José Canal Muñoz.

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