De acuerdo con lo previsto en el artículo 20.1 c) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en relación con el artículo 56 del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, una vez examinadas las instancias recibidas y de conformidad con el informe del Gerente del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, se declara desierto el puesto de trabajo de «Coordinador de Informática y Comunicaciones» de la Dirección de Administración y Medios del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, perteneciente a la convocatoria efectuada mediante Orden PRE/1634/2011, de 13 de junio («B.O.E.» de 15 de junio), una vez acreditada la observancia del procedimiento debido.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el órgano que lo ha dictado, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el órgano judicial competente (Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Madrid, 22 de julio de 2011.–El Ministro de la Presidencia, P.D. (Orden PRE/1127/2011, de 29 de abril), la Directora General de Recursos Humanos, Servicios e Infraestructura, Manuela Herminia Salmerón Salto.
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