Este Ministerio de Justicia, en cumplimiento de la sentencia dictada por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en virtud del recurso de casación n.º 2988/2008, interpuesto por don Tomás Mateos Mota, en cuya parte dispositiva dice así:
«Fallo: Estimar el recurso contencioso-administrativo que fue interpuesto en el proceso de instancia por don Tomás Mateos Mota y anular la actuación administrativa impugnada por no ser conforme a Derecho.»
Y conforme al artículo 494 de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, acuerda la rehabilitación de don Tomás Mateos Mota en el Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.
Madrid, 7 de julio de 2011.–El Ministro de Justicia, P. D. (Orden JUS/3770/2008, de 2 de diciembre), el Secretario de Estado de Justicia, Juan Carlos Campo Moreno.
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