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Documento BOE-B-2024-16779

Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se convocan ayudas para la formación en relación con el transporte por carretera para el año 2024

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 10 de mayo de 2024, páginas 24858 a 24859 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-B-2024-16779

TEXTO

BDNS(Identif.):759705

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/759705)

Primero. Beneficiarios:

Asociaciones profesionales de transportistas o de empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte por carretera definidas en el artículo 1 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, con implantación, al menos, en tres Comunidades Autónomas y, en los mismos términos, asociaciones profesionales de trabajadores. Otras entidades sin ánimo de lucro, públicas o privadas, con vinculación acreditada al sector del transporte terrestre.

Segundo. Objeto.

Ayuda para la formación en relación con el transporte por carretera.

Tercero. Bases reguladoras.

La Orden FOM/3591/2008, de 27 de noviembre (B.O.E. de 11 de diciembre), modificada por la Orden FOM/2423/2013, de 18 de diciembre (B.O.E. de 26 de diciembre) y la Orden FOM/64/2017, de 30 de enero (B.O.E. de 2 de febrero) aprobó las bases reguladoras de estas ayudas.

Cuarto. Cuantía.

Cuantía máxima: 3.858.000 euros, repartida entre todos los solicitantes que resulten beneficiarios.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Sexto. Otros datos

La solicitud debe realizarse a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, a la que debe acompañarse el archivo Excel descargable en dicha sede, totalmente cumplimentado.

El pago podrá realizarse de forma inmediata a su otorgamiento cuando se presente resguardo acreditativo de la constitución de una garantía ante la Caja General de Depósitos a disposición de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril por el importe total de la subvención.

Los interesados podrán remitir cualquier consulta o aclaración al buzón:

notifcur@transportes.gob.es

Madrid, 8 de mayo de 2024.- El Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible. (P.D. Real Decreto 253/2024, de 12 de marzo, y Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre). La Secretaria General de Transporte Terrestre, Marta E. Serrano Balbuena.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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